A la Secretaría de Gobernación corresponde entre otros, el despacho de los siguientes asuntos:
Vigilar que las publicaciones impresas y las transmisiones de radio y televisión, así como las películas cinematográficas, se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la paz y moral pública y a la dignidad personal, y no ataquen los derechos de terceros, ni provoquen la comisión de algún delito o perturben el orden público.
Publicaciones Impresas.
La SEGOB tiene como facultad el examen del título y contenido de las publicaciones y revistas ilustradas, a efecto de declarar su licitud o, en su defecto, ilicitud, si dichas publicaciones actualizan alguno de los supuestos previstos en Reglamento especial de la materia.
Tramitamos:
Certificado de Licitud de Título y Certificado de licitud de Contenido.
Duplicados de certificados.
Registro de cambio de editor responsable.
Agregado o variación del subtítulo.
Expedición de la constancia de registro a distribuidores de publicaciones editadas e impresas en el extranjero.
Radio, Televisión y Películas cinematográficas.
Material Grabado, Criterios de Clasificación, Autorizaciones de Concursos, Tiempos Oficiales, Multas, Permisos,
Regulación, Autorización y Vigilancia del juego, las apuestas, las loterías y rifas.
Tramitamos, Permisos para Centros de Apuestas Remotas, Salas de Sorteos de Números, Hipódromos, Galgódromos y Frontones, Sistemas de comercialización, Ferias Regionales, y todos los Permisos necesarios para la celebración de sorteos y de juegos con apuestas permitidos por la ley.